

2. MITOS QUE HAY QUE TRASCENDER
2.1. El libre albedrío: “Libre albedrío” no es sinónimo de voluntad ni de libertad. Por definición, “albedrío” es la facultad de obrar por reflexión, mientras que “voluntad” es la potestad de hacer o dejar de hacer algo. Por lo tanto, para que haya “libre albedrío” deben darse estas dos condiciones: a) pleno conocimiento de las causas que originan la acción, así como de sus consecuencias, y; b) la posibilidad de poder escoger entre varias (al menos dos) opciones con transcendencias similares o equivalentes (los pros y los contras). Si tomamos en cuenta ciertos factores...
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