Hoy charlamos con Yobana Carril, abogada penalista especializada en violencia de género y una de las voces más críticas con la actual legislación sobre la materia. Eres conocida por tus objeciones a la actual legislación en materia de violencia de género y a la forma en que se aplica en los tribunales. ¿Qué cambiarías y por qué? Cambiaría la ley integral de violencia sobre la mujer por una ley de violencia familiar; entiendo que los delitos que se cometen en el ámbito familiar deben estar más penados al ser esa una esfera donde uno debería poderse sentir especialmente cómodo y seguro. Además, cuando está en su casa con su familia no tiene el estado de vigilia que podría tener en la calle, por lo que abusar del mismo debería estar especialmente castigado. En cambio, lo que no comparto es que se castigue por razón del sexo. Todos los delitos cometidos en el ámbito familiar deben tratarse por igual, sin atender al sexo de quien los realiza o sufra. Los defensores de la actual legislación defienden que en la medida en que la violencia del hombre hacia la mujer es distinta a la que ejerce la mujer hacia el hombre -por ser la primera algo estructural o cultural- entonces estaría justificado que ambos fenómenos reciban tratos distintos. ¿Por qué no compartes este planteamiento (que en cambio sí parecen avalar el Constitucional y el Supremo)? Mi obligación como abogada es respetar las sentencias de cualquier juzgado o tribunal. Con todo, yo tengo mi opinión y es bien distinta. No comparto que a día de hoy exista esa diferencia estructural. Esa diferencia podía existir en el tiempo de mis padres, pero no ahora. Yo soy mujer y he podido estudiar lo que quise, he tenido las mismas oportunidades que cualquier hombre, no he sufrido brecha salarial, en el trabajo no me han tratado distinto por ser mujer etc. Esa diferencia ni la he visto ni la he sentido. Hay muchas entidades que sostienen que como la fuerza que puede ejercer un hombre sobre una mujer es mayor, entonces debería penarse más duramente. De acuerdo, pero entonces que se legisle atendiendo a este factor, a la fuerza, pero no al sexo o al género. Un matiz entonces; ¿si aceptáramos que sí existe esa diferencia estructural –que el machismo no es algo del pasado- entonces sí verías con mejores ojos la actual legislación? Aceptaría ciertas asimetrías pero bajo una premisa importante. Cuando se aprobó la LIVG en su artículo 1 decía que debía apreciarse violencia de género de un hombre hacia una mujer (pareja o ex pareja) si la misma manifestaba un ánimo discriminatorio, ideas machistas … es decir, un odio hacia esa mujer por ser mujer. Pero con los años esto se ha transformado en “violencia de género es la violencia ejercida por cualquier hombre hacia cualquier mujer (pareja o ex pareja)”. Por ejemplo, si yo le doy una bofetada a mi marido y mi marido me la devuelve, ¿por qué mi marido debe estar castigado con una pena mayor a la mía (si la agresión tenía la misma fuerza)? Si yo le doy una bofetada y él me la devuelve, no lo está haciendo porque yo sea mujer, sino simplemente porque yo se la he dado primero. Pues bien, estos matices son muy importantes. Se argumenta que, de nuevo, dada la (general) superioridad física del hombre, aunque la agresión en sí misma considerada sea idéntica, como él la realiza desde una posición de mayor seguridad o privilegio –puede defenderse con más facilidad, devolverla con más fuerza etc.-, entonces quedaría justificada un trato distinto. Es decir, como hay una asimetría fáctica (de poder), debe haber también una asimetría penal Eso significaría que si yo agredo a una persona físicamente superior a mí y esa persona me la devuelve con la misma intensidad, entonces debería recibir una pena mayor. Sin embargo no la tiene. Similarmente, si una mujer agrede a su pareja femenina de mayor capacidad física y esta se devuelve de forma idéntica, debería recibir una pena mayor. Sin embargo no la tiene. La pena mayor solo debería darse cuando efectivamente uno hiciera uso de su superioridad. Que esa superioridad exista sin más no puede tenerse en cuenta. Volviendo entonces a lo que decías sobre la inadecuada interpretación que crees que se ha hecho de la LIVG. ¿Podríamos decir que Yobana Carril comparte esa ley, pero no la forma en que se ha aplicado? Es decir, ¿te parece bien que haya un agravante por móvil machista (pero no que se presuponga en toda agresión)? No sería del todo exacto. Si un hombre agrede a una mujer motivado efectivamente por ideas machistas, entonces para eso ya están los delitos de odio. Pero eso debería aplicarse tanto a una mujer como a un hombre: si una mujer bajo el lema “machete al machote” –que se oye mucho hoy en día- agrediera a su marido, también debería aplicarse ese agravante de odio. Insisto, simplemente digo que tan reprochable es una actitud como otra, y que deben tratarse por igual. Consideras que las condenas por violencia de género no deberían privar automáticamente a un hombre de la custodia de sus hijos. ¿Puede un maltratador -alguien que agrede a sus seres (teóricamente) queridos- ser buen padre? En primer lugar una clarificación: bajo la actual ley no se necesita que un hombre haya sido condenado por violencia de género para poder privarlo de la custodia compartida de sus hijos. Basta con que esté inmerso en un proceso por violencia de género. Es decir, que a una persona inocente, que no ha sido condenada, se la priva de sus derechos. En segundo lugar: yo puedo entender que cuando existe una condena firme por un delito grave contra su mujer sí que haya que tomar medidas en relación a los hijos. El problema viene porque ahora se está privando de la custodia compartida por vejaciones leves. Es decir, un hombre que durante una discusión le dice a su esposa “eres una puta” puede ser condenado por vejaciones y privado de la custodia de sus hijos. Pero por decirle eso a una persona uno no se convierte necesariamente en un mal padre. Todos decimos cosas de las que nos arrepentimos y que no pensamos cuando discutimos. Yo he visto casos en que un hombre que, en respuesta a la negativa de su mujer de dejarle ver a sus hijos, le dijo “eres muy mala madre, vas a arder en el infierno”, y que fue acusado por Fiscalía de una amenaza de muerte, con lo que quedó privado de pedir la custodia compartida. ¿Es eso justo? En definitiva, no podemos considerar igual toda la violencia; no es lo mismo un señor que maltrata habitualmente a una persona, que uno que en una discusión suelte un disparate. Ese señor puede ser un buen padre. Y la prueba de ello es que cuando una madre le dice a su marido o al hijo algo análogo, entonces no se la priva de la custodia. ¿Por qué al padre sí? ¿Pero no puede ser “un simple insulto” la manifestación de algo más profundo, de un carácter genuinamente machista y por ello peligroso para los hijos y las madres? Si yo ahora mato a mi vecino y cumplo mi condena, salgo y nadie me quita la custodia de mi hijo. ¿Puede una terrorista de ETA que haya matado ser una buena madre? Como esos actos no entran, hoy en día, dentro de la violencia de género no parece que haya ningún problema. Sostienes que las cifras que se manejan sobre denuncias falsas son muy erróneas. ¿Qué porcentajes te parecerían más adecuados (muy aproximadamente)? ¿Por qué debería el lector escéptico creerte a ti y no a todos aquellos que sostienen que las mismas sí reflejan la realidad adecuadamente? No me atrevería a dar un número exacto. Ahora bien, se trata de un numero muchísimo mayor del que las cifras oficiales revelan. Como se acostumbra a decir, las encuestas dependen mucho de “como se cocinen”. Yo tengo un cliente que fue condenado por violencia de género con la palabra de la denunciante y el parte de lesiones que presentaba. Cuatro años después esta señora vuelve a denunciarle y aparece con moratones y un parte de lesiones similares al primero. Pero esta vez había un cambio: precisamente en el momento que esta señora alegaba que la estaban golpeando mi cliente estaba siendo grabado por las cámaras de seguridad de un parking a varios kilómetros de distancia. Es por ello que esta vez se le absolvió. Sin embargo, Fiscalía no dedujo testimonio cuando era evidente que existían indicios de denuncia falsa. De hecho, Fiscalía no solo no se puso a investigar el caso, sino que siguió con la acusación; naturalmente mi cliente tubo que interponer una querella, algo para nada barato. La conclusión es que la Fiscalía no hace su trabajo en esta materia, y que si ese señor no hubiera tenido capacidad económica suficiente no hubiera podido presentar esta querella. Y esta sería una denuncia falsa que no sería contabilizada y que no saldría en las cifras oficiales. Es por esto que digo que las cifras no son correctas, porque mi experiencia, tras muchos casos, me demuestra que Fiscalía no actúa como debería. ¿Pero qué interés podría tener Fiscalía en no perseguir estos delitos? ¿Acaso existe alguna instrucción o circular que pida a los fiscales cierta indulgencia? Existe como un murmullo, como un pacto tácito, de que no hay que actuar con demasiada dureza con las denuncias falsas para no desincentivar a las mujeres a denunciar. Que ese es un precio que vale la pena pagar. Y si fuera así, ¿crees que llevarían razón? ¿Ser muy duro o diligente en la persecución de las denuncias falsas podría desincentivar las denuncias reales? A una persona que ha sido maltratada le cuesta muchísimo más denunciar que a una persona que no. Recuerdo el caso de una mujer –que no llevé yo personalmente- que había sido maltratada durante mucho tiempo que al ser preguntada por si quería la vivienda familiar dijo horrorizada que no. Que quería irse a algún sitio para que no la localizaran costara lo que costara. Allí veías el verdadero miedo. Entonces sí es verdad que a las víctimas reales les cuesta denunciar. Ahora, eso no justifica que haya otras personas inocentes que deban sufrir procesos penales que, por escoger una palabra suave, diría que son “lamentables”. Si se persiguieran las denuncias falsas y no se gastaran recursos en ellas quedarían muchos más para las personas que realmente lo necesitan. Con ello se conseguiría además que los jueces no tengan rebanarse los sesos cribando qué denuncias son verdaderas de cuáles no. La actitud de Fiscalía no ayuda a las víctimas de verdad. Como conclusión una pregunta más de fondo: sostienes que la actual legislación no tiene sentido porque a tu parecer presupone equivocadamente que la igualdad entre hombres y mujeres no se ha alcanzado (por lo que serían innecesarias medidas de discriminación positiva, asimetrías penales etc.). Sin entrar en la segunda cuestión, ¿crees que ya se ha alcanzado esa igualdad, no solo a nivel formal/legal, sino a nivel cultural? En términos generales la sociedad española no es machista ni discriminatoria. Evidentemente hay hombres con ese pensamiento, pero como también lo hay entre las mujeres. No somos una sociedad perfecta. Pero decir a estas alturas que las mujeres necesitamos velar por nuestros derechos de forma distinta que debe hacerlo un hombre, me parece extemporáneo. Esta lucha ya se ganó en otra generación. A día de hoy está fuera de tiempo. Consideremos entonces lo siguiente: Son muchas las diferencias que, en términos generales, existen a nivel social entre hombres y mujeres: las horas de trabajo doméstico, las profesiones que se desempeñan, la clase de delitos que se cometen etc. ¿Son esas diferencias una casualidad, fruto de la elección libre, un producto de la distinta biología entre varones y mujeres? ¿Qué te lleva a pensar que esas diferencias sociales no vienen parcialmente motivadas por la cultura “del azul y el rosa”, por un sutil sexismo cultural aun imperante? Yo estudie Derecho. Podría haber estudiado periodismo, ingeniera, mecánica … pero nadie me impuso estudiar Derecho. Yo tengo una hija y ha estudiado ingeniera informática. Nadie le ha puesto trabas por ser mujer. Cada una ha podido escoger con libertad. Convertir esto en una cuestión de género me parece absurdo. A ver, hombres y mujeres somos diferentes, pero como son diferentes españoles y australianos. Como son diferentes los de costa y los de interior. Y a unos les gustará más el pescado y a otros la carne. Será una cuestión de preferencias, pero no de imposición. ¿Quién me impuso a mí hacer Derecho? A mi padre le hubiera encantado que hiciera una ingeniería, pero nadie me lo impuso. A mí me hubiera encantado que mi hija estudiara Derecho, pero ha querido hacer ingeniería. Yo soy mujer, madre y jamás he trabajado a media jornada. Si las mujeres optan más por la media jornada es una elección personal. Absolutamente personal. ¿A qué mujer le obligan a coger media jornada por ser madre? Puedo entender que en la época de nuestros padres a las mujeres “les tocara hacer la tareas del hogar”. Pero hoy los hombres no pueden obligar a las mujeres a trabajar más horas en el hogar. Hoy los hombres planchan, cocinan, cambian pañales … eso es lo normal y lo que yo vivo en mi entorno. Y si a una mujer le pasa que las tareas no se reparten equitativamente no tiene porque consentirlo. Hay una cosa que se llama divorcio; si tal y como vivo no me gusta me separo y hago otra vida. En definitiva, me gustaría concluir remarcando que hombres y mujeres no debemos vivir enfrentados. Debemos ser tratados como personas, no como hombres o mujeres. Las mujeres no somos “florecillas de campo” que necesitan ser protegidas. Hoy una mujer esforzada y con talento puede hacer todo lo que se proponga. Ni más ni menos que los hombres. La discriminación, por muy positiva que sea, sigue siendo discriminación. (Visto en https://ift.tt/2TmJV7j) - Artículo*: posesodegerasa - Más info en psico@mijasnatural.com / 607725547 MENADEL Psicología Clínica y Transpersonal Tradicional (Pneumatología) en Mijas Pueblo (MIJAS NATURAL) *No suscribimos necesariamente las opiniones o artículos aquí enlazados
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