El Decreto Ley 29/2020 de la Junta de Andalucía (BOJA 17 de noviembre), publicó la convocatoria de una ayuda extraordinaria para determinados trabajadores autónomos, con objeto de paliar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria que vivimos. Entre los beneficiarios de aquellas ayudas no podían considerarse los/as profesionales de la Psicología pues se dirigía a sectores de hostelería, comercio, taxi, feriantes…. Sin embargo, el BOJA de 23 de noviembre ha publicado una CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto anterior, que permitiría el acceso de quienes realicen actividades incluidas en los CNAE (códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que se indican en el anexo de esta nueva disposición, entre los que se encuentran los/as trabajadores/as que estén dados/as de alta en el Código 8690 OTRAS ACTIVIDADES SANITARIAS, lo que permitiría que los/as profesionales de la psicología sanitaria que cumplan esta condición y el resto de las que establece la convocatoria, puedan acceder a solicitar estas ayudas. Las condiciones de acceso a las mismas son: Estar de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) al menos desde que se dictó el R.D. 463/2020 que declaró el primer estado de alarma, es decir, antes de 14 de marzo de 2020, sin haber dejado de estarlo hasta hoy. Que cuando se inicie el plazo de solicitud, es decir, al día siguiente de la entrada en vigor de la norma, el 18 de noviembre, estuviese dado/a de alta en su actividad con ALGUNO DE LOS Código de CNAE que se indican en el anexo del Decreto de corrección de errores, en nuestro caso, en el Código del CNAE 8690 OTRAS ACTIVIDADES SANITARIAS. No ser beneficiarios de algunas de las medidas que se convocaron en el Decreto 30/20, es decir, no haber recibido las ayudas por cese de actividad que se convocaron al inicio del estado de alarma. Permanecer en el RETA al menos durante tres meses más desde la entrada en vigor de la norma, 18 de noviembre. Las solicitudes habrán de formularse en el plazo de DIEZ DÍAS naturales, desde la entrada en vigor de la norma 18 de noviembre. Las solicitudes se presentarán de forma telemática en el modelo que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de trabajo autónomo, a la que se accederá a través del catálogo de procedimientos administrativos disponible en: https://ift.tt/33mks5H Las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de entrada (esta última disposición es muy perjudicial para nuestro ámbito profesional, ya que incluidos en la convocatoria solo desde la corrección de errores y sin que en esta se haya previsto una ampliación del plazo, este sigue concluyendo el 28 de noviembre, y se atenderán preferentemente las recibidas al comienzo del plazo hasta agotar el crédito presupuestario asignado a esta materia. Artículo*: webcopao@cop.es (Super User) Más info en psico@mijasnatural.com / 607725547 MENADEL (Frasco Martín) Psicología Clínica y Transpersonal Tradicional (Pneumatología) en Mijas Pueblo (MIJAS NATURAL) *No suscribimos necesariamente las opiniones o artículos aquí compartidos
El Decreto Ley 29/2020 de la Junta de Andalucía (BOJA 17 de noviembre), publicó la convocatoria de una ayuda extraordinaria para determinados trabajadores autónomos, con objeto de paliar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria que vivimos.
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