Mes de Ramaḍān, fiqh y taṣawwuf
Jurisprudencia y sufismo
Halil Bárcena
Resulta encomiable el trabajo de comprensión y síntesis de la normatividad islámica emanada del texto coránico y de la sunna o tradición profética, llevado a cabo durante siglos por los alfaquíes (fuqahā' en árabe, فقفاء), esto es, los expertos en el fiqh o jurisprudencia islámica. Dos cuestiones se han planteado los distintos sabios del islam a lo largo del tiempo, hasta nuestros días; a saber: qué es ser musulmán y cómo ser musulmán en cada momento. Pues bien, el fiqh se ha ocupado fundamentalmente de la segunda cuestión, es decir, del "cómo". Uno de los aspectos más y mejor abordados por los alfaquíes de las distintas escuelas del fiqh (maḏhab en árabe, مذهب) ha sido todo lo concerniente a la práctica correcta del Mes de Ramaḍān, que no consiste simplemente en dejar de ingerir alimentos, ni es tampoco un ayuno intermitente, según la última terminología. Releo con fruición estos días algunos de los principales textos sobre el Mes de Ramaḍān escritos por los alfaquíes del fiqh ḥanafī (حنفي), la escuela jurídica que siguió en vida Mawlānā Rūmī (m. 1273), alquimista del corazón y maestro de derviches, quien fue él mismo un importante alfaquí ḥanafī formado en las mejores escuelas de Damasco. Releo dichos textos con la firme convicción de que en ellos está el taṣawwuf o sufismo.
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